CORREDOR URBANÍSTICO, RECREATIVO Y TURÍSTICO, RIOHACHA A CAMARONES

POR MARTIN BARROS CHOLES

A buena hora que se está proyectando revisión y ajuste, en el Plan de Ordenamiento Territorial-POT, del Distrito de Riohacha, es pertinente recomendar, la declaratoria de áreas urbanística, recreativas y turística, partiendo de autopista, de la vía Troncal de Caribe, hacia el mar, entre Riohacha y Camarones, de manera similar a la Vía al Mar, en ruta Barranquilla-Cartagena, que ha generado grandes obras inmobiliarias y desarrollo económico. Se requiere el acondicionamiento de servicios públicos, para implementaciones de infraestructura y construcciones, de viviendas, hoteles, restaurantes, parques recreativos, puerto turístico y muchas obras, en extensión aproximada o por lo menos, de 45 kil0metros cuadrados, que podrían ofrecerse en ventas de título inmobiliario, a efecto de explotar la industria sin chimenea.

El Distrito de Riohacha, debe poner la mira, en el nuevo POT, contratado por el acalde de la pasada administración, pero direccionado por el Alcalde, José Ramiro Bermúdez Cotes, de manera específica, en el turismo, la agroindustria y áreas de destinación urbanística; para que podamos vender territorios, de manera reglamentada y evitar los desórdenes, en proyectos y programa, de construcción y el control de invasiones, que llevan un crecimiento algarete, por falta de planificación, que determine ubicaciones,  espacios propicio y de utilidad pública.  Los Planes de ordenamiento, constituye una carta de ruta, en el desarrollo territorial de los entes. nacional, departamental y local o municipal, amparando, las conservaciones: ambientales, culturales y tradicionales; garantizando la utilización del suelo y la función social, a que se destinan, con las debidas prestaciones de servicios públicos e implementaciones, de los espacios de movilidad, para automotores y peatones, en la organización política administrativa, regidas por normas orgánicas, dirigidas a  fomentar la integración y clasificación,  de las diferentes áreas, para usos y destinaciones futuras.

Los ordenamientos territoriales, se socializan y se publican, para conocimiento popular, conforme lo consagra la ley, señalado como política de estado planificada, para el crecimiento humano y económico, que debemos valorar, en el contenido textual, que apruebe el Consejo Distrital. Poca a sido la importancia que le han dado los mandatarios a los planes aprobados. Algunos alcaldes, ni se percatan de los contenido, existencia y vigencias. La importancia se reflejan los planes y ajustes, para aprovechamiento oportuno, superando debilidades, previniendo violaciones, ejerciendo controles, impartiendo recomendaciones e imponiendo sanciones administrativas.

El Distrito de Riohacha, debe acondicionar los medios de planificación, que sirvan para crecer e impulsar, las condiciones  de beneficio económico, sembrando proyecciones en turismo, que sirvan de progreso y bienestar a sus habitantes, de Camarones, el corregimiento más cercano de la capital, que bien podría utilizarse, para emprender planes inmobiliarios, en ofertas privadas, que se perfilen, con tendencias futuras, a la proyección  del municipio de Camarones, que unido al Distrito, conformarían una metrópolis,  compartimientos  utilidades, que provengan o arrojen los servicios turísticos: hoteles, cabañas, transporte, centros de convenciones, juegos mecánicos, piscinas,  restaurantes, artesanías, equipos náuticos, estaderos, casinos y demás servicios; similares incorporados. No podemos seguir estancados y encallados, en la cabecera distrital, dejando perder valiosas oportunidades, por carecer de planes especifico que  oriente y permita cristalizar, áreas apropiada, para sacarle jugo al turismo, antes que seguir con un turismo de tránsito, como viene ocurriendo, cuando debemos salir a ofrecer  variedades atenciones en servicios, velando por la garantía de seguridad y el bienestar, de quienes nos visitan y gozan de los encantos de la madre naturaleza, en el departamento peninsular de Colombia. Una concesión del servicio de agua potable, que incluya la construcción de acueducto y redes privadas, de suministro del servicio de agua potable, extraída de corrientes subterráneas, no tan profunda y desalinizaciones; por termino no inferior de 30 años. Las redes sanitarias de alcantarillados, deben complementarse con la concesión de agua, que se promueva y ofrezca, en licitación pública. El servicio de energía debe ser mixto, tradicional y alternativos (solar-eolica)

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