Este 31 de mayo vence plazo para que servidores públicos nacionales declaren bienes y rentas

  • La declaración comenzó desde el pasado primero de abril para los servidores de entidades y organismos del orden nacional.
  • Entre tanto, la obligación para los servidores que laboran en entidades del orden territorial (departamental y municipal), comienza a partir del primero de junio próximo. 

 El Departamento Administrativo de la Función Pública les recordó a los servidores públicos de las entidades y organismos que pertenecen al orden nacional, que este martes 31 de mayo finaliza el plazo en el que podrán diligenciar la declaración de bienes y rentas correspondiente al 2021.

La entidad resaltó que la actualización de la declaración de bienes y rentas cada año debe ser presentada por los servidores públicos de todo el país en dos bloques: primero los del orden nacional y luego los del orden territorial, de manera que este martes cuando finaliza el periodo para los nacionales, al siguiente día, el miércoles, inicia para los departamentales y municipales. 

El director de Función Pública Nerio José Alvis Barranco, recordó que “la declaración de bienes y rentas de los servidores públicos es una obligación legal que está regulada por la Ley 190 de 1995 y el Decreto 1083 de 2015”. 

Además, de la declaración anual, un servidor público declara renta y bienes en dos momentos más de su vida laboral con el Estado, debido a que la debe presentar también cuando ingresa a una entidad y cuando se retira de la misma. 

En la declaración de bienes y rentas los servidores deben reportar información relacionada con sus datos personales, obligaciones, conformación familiar, bienes patrimoniales, así como los ingresos laborales y no laborales con fecha de corte a 31 diciembre de 2021. 

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