Por Luís Alonso Colmenares Rodríguez
De qué han servido las administraciones temporales a la educación, alimentación escolar, salud y agua potable en La Guajira?
¿Qué han logrado?
¿Qué han hecho distinto, y en qué ha progresado La Guajira desde el año 2017 cuando se ordenó la administración hasta hoy?
Las preguntas no pretenden poner en duda las razones que hubo en su momento para que se tomara la decisión de dichas intervenciones, en virtud de lo establecido en el decreto 28 de 2008 y con base en la decisión adoptada a través del documento CONPES 3883 de 2017 que luego fue extendida a través del documento CONPES 3984 de 2020.
El gobierno nacional tuvo en cuenta varias circunstancias que evaluó de manera objetiva, a partir de una estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto identificando eventos de riesgo, y que no se habían cumplido los planes de desempeño.
En el sector de la salud, el costo de adoptar la medida correctiva de asunción temporal de competencias por el período 2017-2020 se estimó en $5.682 millones, y la extensión de la medida correctiva por el período 2020-2022 se estima en $3.274 millones.
El sector de educación, el costo de adoptar la medida correctiva de asunción temporal de competencias por el período 2017-2020 se estimó en $11.616 millones, y la extensión de la medida correctiva por el período 2020-2022 se estima en $9.580 millones.
Sobre el Plan de Alimentación Escolar (PAE), el costo de adoptar la medida correctiva de asunción temporal de competencias por el período 2017-2020 se estimó en $3.061 millones, y la extensión de la medida correctiva por el período 2020-2022 se estima en $1.731 millones.
Respecto al agua potable y saneamiento básico, el costo de adoptar la medida correctiva de asunción de temporal de competencias por el período 2017-2020 se estimó en $8.108 millones, y la extensión de la medida correctiva por el período 2020-2022 se estima en $8.242 millones.
La evidencia empírica de la calidad de la función pública en la gobernación del departamento de La Guajira no permite generar confianza: más de diez gobernadores elegidos han terminado con problemas judiciales: destituidos, encarcelados, condenados, en fin.
A pesar de los pocos avances alcanzados como consecuencia de la intervención y cuyo plazo venció el 20 de febrero de 2020, se concluyó que persisten riesgos y rezagos que justifican la extensión por dos años de la asunción temporal de las mismas competencias en el departamento de La Guajira, la cual fue adoptada mediante el documento CONPES 3984 de 2020.
En el sector salud no se cumplió con 19 de las 27 condiciones establecidas y se identificaron situaciones adicionales.
En el sector de educación, a pesar de que se presentaron avances no se cumplieron las condiciones necesarias para la reasunción de la competencia, porque el porcentaje de cumplimiento de condiciones no es superior al 60 %.
En alimentación escolar persiste un bajo porcentaje de cumplimiento para demostrar la superación total de los eventos de riesgo que motivaron la adopción de la medida.
El sector de agua potable y saneamiento básico no alcanzó el cumplimiento del 80 % de la ejecución del Plan General Estratégico de Inversiones 2017-2019, lo que demuestra la permanencia de los eventos de riesgo.
¡Es decir, la ineficiencia y los ladrones siguen al acecho para aprovecharse del menor descuido y seguir dando los zarpazos a los recursos públicos!
¿Pero insisto, entonces de qué ha servido la intervención temporal? ¿Qué ha cambiado hasta hoy? ¿Será que cambiaron un ladrón por otro ladrón? ¿Y si todo sigue igual entonces qué sentido tiene la intervención temporal?
El costo de la medida correctiva de asunción de competencias por el período 2017-2020 relacionada con gastos de personal, alojamiento, gastos de viaje y desplazamiento, seguros, fiducias, gastos de papelería, arriendos, vehículos y equipos, entre otros gastos de funcionamiento se estimó en $28.647 millones; y la extensión de la medida por el periodo 2020-2022 se estima en $22.827 millones, es decir, la intervención temporal 2017-2022 termina costando $51.474 millones.
Pero a cambio de qué, si todo sigue igual?
¿Y qué ha pasado con las veedurías ciudadanas, si como lo expresa el artículo 18 del decreto 28 de 2008 los veedores ciudadanos, vocales de control o cualquier ciudadano podrán acceder a la revisión de los contratos y ejecuciones presupuestales donde se inviertan recursos públicos? Como dijo el filósofo de La Junta “se las dejo ahí”.