Bases de la pertenencia, ordenamiento, administración y control del territorio wayuu

Por: Cesar Arismendi Morales

Los wayuu son expertos controladores territoriales y por eso han sobrevivido a las históricas presiones demográficas y socioculturales. Durante la república   han crecido numéricamente a pesar de las innumerables carencias. La ocupación dispersa del territorio les da la fortaleza en el desierto de la península y no reconocer autoridad política por fuera de las lógicas de la unidad familiar extensa, les ha permitido tener autonomía al momento de decidir su destino como pueblo.

El Consejo de Estado ha sostenido que desde la cultura se crean y se validan derechos, en especial cuando se trata de preservar y garantizar la integridad territorial que posibilita que los miembros de los pueblos indígenas puedan ejercer en forma plena los distintos derechos que dependen de su acceso efectivo al territorio que les pertenece, incluyendo los derechos al uso, posesión del territorio y al ejercicio de las propias pautas culturales de subsistencia y aprovechamiento de los recursos naturales.

Un asentamiento tradicional wayuu se puede comprender a partir cuatro áreas básicas: i) el cementerio; ii) las fuentes de agua; iii) las de pastoreo y huertas-yujas y iv) el territorio de uso residencial por parte de los miembros del apüshii o ranchería.

En estos espacios el sistema normativo wayuu reconoce que la identidad y los derechos de propiedad grupal se construyen sobre cuatro aspectos básicos: La preexistencia y precedencia, relacionadas con el origen y se refrenda con la presencia del cementerio del matrilinaje demostrando la ocupación de sus antepasados; la aquiescencia se genera por residir en el territorio con autorización o consentimiento colectivo promovido por la autoridad o el tio materno mayor, y la subsistencia, que surge de la libre disposición, el aprovechamiento familiar y pacífica de los recursos naturales del territorio.

La mayoría de las empresas promotoras de las plantas de energía eólica realizaron acuerdos de consulta previa con los residentes del territorio bajo la condicionalidad de la aquiescencia social de los dueños ancestrales. En la tradición de los wayuu, estas personas pueden disponer de los recursos del mismo para la subsistencia, pero no pueden decidir sobre el destino del territorio. Allí se encuentra la razón de las actuales reclamaciones comunitarias que surgen en estos proyectos, generándoles riesgos sociales y altos costos a las empresas, que pueden verse involucradas en largos procesos judiciales.

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