“Lizana Henríquez quedó libre de toda culpa y su proceso precluyó”, expresó la abogada Maureen Puente Vidal

Por años, el nombre de Lizana Henríquez Gómez estuvo ligado a titulares que hablaban de falsedad, fraude procesal, enriquecimiento ilícito y estafa agravada. Fue un nombre repetido en noticieros regionales y nacionales, pronunciado en estrados judiciales y comentado en corrillos políticos. Pero detrás del expediente voluminoso y de las imputaciones que estremecieron a La Guajira en 2015, había una mujer, una madre, una hija y una profesional cuya historia —según narra la reconocida abogada Maureen Puente Vidal— terminó marcada por el paso del tiempo y la prescripción.

El origen: tutelas, facturas y tensiones políticas

Para entender el caso hay que volver a los años 2014 y 2015, Lizana Henríquez Gómez se desempeñaba como asesora jurídica de la Secretaría de Salud Departamental de La Guajira. En ese entonces, múltiples empresas prestadoras de servicios de salud habían interpuesto acciones de tutela contra la Secretaría, reclamando el pago de facturas por servicios prestados a beneficiarios del régimen subsidiado.

Las tutelas, herramienta constitucional para la protección de derechos fundamentales, se convirtieron en el epicentro de una controversia mayor. Según la versión relatada por Maureen Puente Vidal, fue a partir de denuncias anónimas que la Fiscalía inició una investigación por presuntas irregularidades en el trámite y pago de esas obligaciones.

En 2015, la Fiscalía formuló imputación contra Lizana Henríquez Gómez por varios delitos del Código Penal: falsedad en documento privado, falsedad en documento público, fraude procesal, enriquecimiento ilícito de particulares y estafa agravada. La noticia sacudió al departamento y trascendió fronteras.

Una imputación que cruzó el océano

En uno de los momentos procesales más críticos, Lizana Henríquez Gómez se encontraba en España. La Fiscalía solicitó su extradición, procedimiento que se hizo efectivo con su traslado a Bogotá. El impacto mediático fue inmediato: la imagen de una abogada guajira, señalada por graves conductas y traída desde Europa para responder ante la justicia colombiana, ocupó espacios informativos de alcance nacional.

Pero, como subraya Puente Vidal, las conductas atribuidas eran de tal magnitud que, a su juicio, “bajo ninguna circunstancia pudieron haber sido cometidas por una sola persona”.

Durante la investigación también fueron vinculados mediante interrogatorio otros altos funcionarios de la administración departamental de la época: la entonces secretaria de Hacienda, el gobernador encargado, su asesora personal y el asesor jurídico encargado de tramitar las acciones de tutela desde gobiernos anteriores.

Sin embargo, la Fiscalía se abstuvo de imputar cargos a estas personas, las razones, sostiene la defensa, nunca fueron plenamente esclarecidas.

El proceso judicial, la distancia y el desgaste

Mientras Lizana Henríquez Gómez se encontraba en el país, con medida de aseguramiento intramural para afrontar su proceso judicial, el expediente avanzaba lentamente y su vida familiar se fracturaba. Su hijo, menor de edad, creció entre visitas carcelarias y el peso del señalamiento público. Según el relato de la abogada Puente Vidal, el menor sufrió afectaciones en su comportamiento y en su desarrollo cognitivo. Los padres de Lizana, personas de la tercera edad, enfrentaron también quebrantos de salud en medio de la incertidumbre.

Sus padres, hermanos y familiares tuvieron que soportar el escrutinio y los comentarios en redes sociales, donde el caso era debatido sin matices ni presunción de inocencia.

El tiempo comenzó a convertirse en un protagonista silencioso.

Tras la audiencia de formulación de acusación, el proceso fue trasladado de Bogotá a Riohacha y posteriormente a Maicao debido a impedimentos de jueces penales del circuito. Allí, según la defensa, el expediente permaneció inactivo durante largos periodos.

Lizana contaba con una defensora de confianza y con el apoyo de un investigador privado, quien recopiló elementos materiales probatorios con vocación de prueba. La estrategia de defensa estaba estructurada. Pero el juicio oral nunca llegó a desarrollarse, las demoras procesales, las reprogramaciones y la falta de dinamismo judicial hicieron que los términos avanzaran inexorablemente hacia la prescripción.

El desenlace: la preclusión

El 4 de diciembre de 2024 se produjo la decisión que cerró el capítulo judicial. El juez decretó la preclusión de la investigación con fundamento en la causal primera del artículo 332 del Código de Procedimiento Penal: la imposibilidad de continuar con la acción penal.

En términos sencillos, el Estado perdió la potestad de seguir investigando y juzgando a Lizana Henríquez Gómez porque los términos legales se agotaron. La decisión fue notificada en estrados y no tuvo oposición por parte de la Fiscalía. La fiscal a cargo reconoció que fueron razones procesales las que impidieron la realización del juicio oral.

No hubo sentencia absolutoria tras un debate probatorio. No hubo condena. Hubo prescripción.

¿Justicia tardía o justicia incompleta?

Para Maureen Puente Vidal, lo ocurrido constituye una reivindicación: “Lizana quedó libre de toda culpa”. Sin embargo, el desenlace deja interrogantes sobre la eficiencia del sistema judicial. Las pruebas que la defensa asegura haber recopilado no pudieron ser controvertidas en un juicio público. Las responsabilidades que, según se afirma, debían involucrar al menos a otras seis personas, nunca fueron llevadas a la etapa de imputación.

El caso también estuvo atravesado por un elemento político inevitable: el parentesco familiar de Lizana con el entonces gobernador de La Guajira. Según la defensa, el segundo apellido fue suficiente para generar suspicacias y concentrar sobre ella el peso de la investigación en un momento de fuerte presión institucional.

Durante casi una década, el proceso definió su cotidianidad. La privación de la libertad, el señalamiento y la espera marcaron su vida y la de su entorno más cercano.

Finalmente, la justicia llegó, pero no en la forma de una sentencia que examinara de fondo los hechos, sino como la constatación de que el tiempo había vencido al expediente. Hoy, con la investigación precluida, Lizana Henríquez Gómez intenta reconstruir su nombre y su vida profesional. La crónica de su proceso no es solo la historia de una imputación infundada; es también el relato de cómo un caso judicial puede extender su sombra sobre una familia entera y de cómo, en ocasiones, el sistema termina cerrando capítulos no por decisión de fondo, sino por la simple ineficiencia del sistema judicial Colombiano.

Related posts

Más de 200 vacantes estarán disponibles en la Feria Expoempleo para egresados SENA en Riohacha

Con raíces fuertes y visión de futuro, Carlos Robles Julio retoma la rectoría de Uniguajira

Chefs de Colombia, Brasil y Turquía protagonizarán la agenda académica de El SENA Cocina 2026