La Sección Quinta del Consejo de Estado negó, en sentencia de única instancia, la demanda de nulidad electoral instaurada contra la elección de Jorge Armando Figueroa Angarita como representante a la Cámara por el departamento de La Guajira para el periodo 2026-2030. Con esta decisión, el alto tribunal ratifica la legitimidad del mandato que le otorgaron los guajiros en las urnas.
La demanda alegaba que el representante Figueroa habría incurrido en una causal de inhabilidad por su paso como secretario de Desarrollo Económico de la Gobernación de La Guajira, cargo al que renunció el 27 de enero de 2025. El Consejo de Estado estableció con claridad que el representante se desvinculó de ese cargo más de trece meses antes de las elecciones, cumpliendo ampliamente el término de doce meses que exige el artículo 179 de la Constitución Política, y desestimó el argumento de contar dicho plazo desde la fecha de inscripción de candidaturas por tratarse de una interpretación restrictiva propia de otra causal constitucional.
“Recibo esta decisión con tranquilidad y con el mismo compromiso con el que asumí esta responsabilidad hace pocas semanas: trabajar de manera articulada por La Guajira. Mi prioridad sigue siendo la misma de siempre: unir esfuerzos entre el Gobierno nacional, la Gobernación y las alcaldías para que la región avance en minería responsable, transición energética, agro y emprendimiento”, afirmó el representante Figueroa.
El representante Figueroa reiteró su disposición a seguir trabajando de la mano de las instituciones territoriales y nacionales para avanzar en las soluciones que necesita el departamento.